Deducir impuestos por la contratación de mujeres en Ecuador 2026

La Ley Violeta permite aplicar una deducción adicional por contratar mujeres en nuevas plazas de trabajo. Aquí te explicamos cómo funciona y qué debes cuidar.

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Deducir impuestos por la contratación de mujeres en Ecuador 2026

La Ley Violeta busca impulsar la participación de mujeres en el mercado laboral mediante beneficios tributarios para los empleadores. Uno de los más potentes es la posibilidad de aplicar una deducción adicional en el Impuesto a la Renta por crear nuevas plazas de trabajo ocupadas por mujeres. Bien aplicado, reduce tu carga tributaria y, al mismo tiempo, suma valor social a tu empresa. 

¿Qué es la Ley Violeta o economía violeta en Ecuador?

La Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta es una norma creada para promover la igualdad de oportunidades, reducir brechas laborales y fomentar la contratación de mujeres.

Entre sus beneficios incluye un incentivo tributario para empleadores que generen nuevas plazas destinadas a mujeres: además de reconocer el sueldo como gasto deducible normal, el empleador puede aplicar una deducción adicional si cumple ciertas condiciones. Su aplicación está reglamentada por el SRI mediante la Resolución NAC-DGERCGC24-40 (Registro Oficial del 16 de diciembre de 2024).

¿Cómo funciona la deducción de impuestos por contratar mujeres en Ecuador?

La deducción aplica sobre las remuneraciones y beneficios sociales pagados a mujeres contratadas en nuevas plazas de trabajo, siempre que esos valores estén aportados al IESS.

En simple: si contratas a una mujer en una plaza nueva, puedes deducir un porcentaje adicional del gasto de nómina para reducir tu base imponible del Impuesto a la Renta. El beneficio puede llegar hasta el 140% adicional, según el tiempo de permanencia de la trabajadora durante el ejercicio fiscal. Es importante entender que el SRI no te devuelve ese valor: lo que hace el beneficio es reducir la base sobre la que se calcula tu impuesto.

¿Cuánto se puede deducir por contratar mujeres bajo la Ley Violeta?

El porcentaje de deducción adicional depende del tiempo que la trabajadora permanezca en la empresa durante el año fiscal.

Si la trabajadora permanece al menos 6 meses, se puede aplicar una deducción adicional del 100%. 

Si permanece 7 meses, el beneficio puede subir al 120%. 

Si permanece 8 meses, puede llegar al 130%. 

Y si permanece 10 meses o más, la deducción adicional puede llegar hasta el 140%.

Esto no significa que el SRI devuelve ese valor directamente. Lo que hace este beneficio es reducir la base imponible sobre la cual se calcula el Impuesto a la Renta.

¿Por cuánto tiempo se puede aplicar el beneficio?

Aquí hay un punto clave que muchas empresas pasan por alto: el incentivo no dura un solo año de forma fija, sino que su duración máxima depende del porcentaje que las nuevas contrataciones de mujeres representen sobre tu nómina total:

  • Si las nuevas plazas alcanzan entre 10% y 25% de la nómina → el beneficio aplica por 12 meses.
  • Entre 25,01% y 50% → se amplía a 24 meses.
  • Más del 50% → se extiende a 36 meses.

Además, el tiempo de permanencia es acumulable, pudiendo gozar del incentivo hasta por 3 ejercicios fiscales. Esto convierte a la Ley Violeta en un beneficio que conviene planificar con visión de mediano plazo, no solo para un año.

¿Qué requisitos debes cumplir para aplicar este beneficio tributario?

No basta con tener mujeres en nómina. La norma exige:

  • Que se trate de una nueva plaza de trabajo.
  • Que la trabajadora esté debidamente afiliada al IESS.
  • Estar al día con SRI, IESS y Ministerio del Trabajo hasta la fecha de presentación de la declaración del Impuesto a la Renta.

Y un punto importante: este beneficio es excluyente. No puedes usarlo sobre el mismo gasto si ya aplicas otro incentivo sobre remuneraciones (como el de incremento neto de empleo). Cada gasto se cuenta una sola vez.

¿Qué contrataciones no aplican para la deducción de la Ley Violeta?

No todas las contrataciones de mujeres generan el beneficio. Quedan fuera:

  • Trabajadoras que ya fueron dependientes del mismo empleador en los tres ejercicios anteriores a su contratación.
  • Quienes tengan relación de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con el empleador, accionistas o representantes legales.
  • Partes relacionadas al empleador.
  • Plazas que no sean realmente nuevas, o reclasificaciones de una posición existente solo para obtener la deducción.

En esos casos, el SRI puede rechazar el gasto adicional y generar diferencias tributarias.

¿La empresa necesita tener un Plan de Igualdad para acceder al beneficio?

El Plan de Igualdad es obligatorio para empleadores privados con 50 o más trabajadores en nómina, conforme a la normativa de economía violeta.

Aunque el incentivo tributario se centra en la contratación en nuevas plazas, tener correctamente registrado el Plan de Igualdad ayuda a demostrar cumplimiento laboral y fortalece el respaldo documental de la empresa. Si ya alcanzas ese número de trabajadores, no revises solo el cálculo tributario: verifica también tus obligaciones laborales relacionadas.

¿Cómo se calcula la deducción adicional por contratación de mujeres?

El cálculo parte de las remuneraciones y beneficios sociales pagados a la trabajadora, siempre que estén sujetos a aportación al IESS.

Por ejemplo, si una empresa paga $12.000 USD al año a una trabajadora que cumple el tiempo necesario para acceder al 140% adicional, el gasto normal ya sería deducible. Pero, además, podría aplicar una deducción adicional de $16.800 USD.

En la práctica, esto permite reconocer un mayor gasto deducible y reducir la base sobre la que se calcula el Impuesto a la Renta. Sin embargo, el cálculo debe hacerse con cuidado, revisando meses de permanencia, respaldo de nómina, aportes al IESS y cumplimiento de obligaciones.

¿Qué documentos debes conservar para sustentar esta deducción ante el SRI?

Mantén respaldos claros de la contratación: contrato laboral, aviso de entrada al IESS, roles de pago, planillas de aportes, comprobantes de pago de remuneraciones y registros internos que demuestren que se trata de una nueva plaza. También conviene conservar certificados o evidencias de cumplimiento con SRI, IESS y Ministerio del Trabajo, especialmente al presentar la declaración de Impuesto a la Renta. 

¿Qué riesgos existen si aplicas mal este incentivo tributario?

El principal es que el SRI rechace la deducción adicional si detecta que no se cumplieron los requisitos, generando diferencias de Impuesto a la Renta, intereses y posibles sanciones. También hay riesgos laborales si faltan contratos registrados, aportes correctos o políticas alineadas con la normativa de igualdad.

Por eso, este incentivo es muy útil pero no debe aplicarse en automático. Antes de usarlo, conviene revisar si la contratación realmente cumple las condiciones.

La economía violeta en Ecuador puede representar una oportunidad importante para las empresas que contratan mujeres y quieren optimizar su carga tributaria de forma correcta. Pero el beneficio debe aplicarse con respaldo, cálculo adecuado y cumplimiento laboral. Si no tienes claro si tu empresa puede usar esta deducción, apoyarte en un contador o en una asesoría tributaria puede ayudarte a evitar errores y aprovechar el incentivo con seguridad.

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Daniel Andrade

Coordinador de estrategias de Marketing, creador de contenido multimedia, gestor de redes sociales.

Con experiencia en creación y redactor de contenido multimedia para distintos canales y gestor de contenido en redes sociales.

Preguntas Frecuentes

Es un beneficio tributario de la Ley Violeta que permite deducir hasta el 140% adicional de las remuneraciones y beneficios sociales pagados a mujeres contratadas en nuevas plazas de trabajo, siempre que estén afiliadas al IESS y se cumplan los requisitos.

En Ecuador, la jornada ordinaria general sigue siendo de 8 horas diarias y 40 horas semanales. No es una reducción general nueva; lo que puede variar son modalidades específicas, jornadas especiales o acuerdos según el tipo de contrato.

Depende del contribuyente. Para sociedades, la tarifa general suele ser del 25% sobre la utilidad gravable. Para personas naturales, el impuesto se calcula con una tabla progresiva, según el nivel de ingresos.

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