Daniel Andrade
Coordinador de estrategias de Marketing, creador de contenido multimedia, gestor de redes sociales.
Con experiencia en creación y redactor de contenido multimedia para distintos canales y gestor de contenido en redes sociales.
Las compañías ecuatorianas con socios extranjeros deben reportar información ante la Superintendencia hasta el 5 de febrero de 2026. Te explicamos qué, cómo y qué pasa si no cumples.
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Si tu compañía ecuatoriana tuvo, en cualquier momento del año anterior, socios o accionistas que son sociedades extranjeras, debes reportar su información ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) hasta el 5 de febrero de 2026, a través del portal web. Debes presentar el certificado de existencia legal de la sociedad extranjera, la lista de socios y el poder especial a un residente en Ecuador. No cumplir puede suspender el voto del accionista, bloquear el reparto de dividendos y, tras dos años, excluirlo de la compañía.
A continuación te explicamos cada punto de forma clara.
Están obligadas las compañías ecuatorianas sujetas al control de la Superintendencia de Compañías que hayan tenido, en cualquier momento del ejercicio anterior, a una o más sociedades extranjeras como socias o accionistas. La obligación se fundamenta en los artículos 6, 131 y 263 de la Ley de Compañías.
Es una obligación anual: aunque ya la hayas cumplido antes, debes revisarla y presentarla cada año.
La compañía ecuatoriana debe remitir por el portal de la SCVS estos documentos de su socio o accionista extranjero:
Punto importante sobre los documentos del exterior: deben estar apostillados o legalizados ante el cónsul del Ecuador y, si están en otro idioma, traducidos al castellano. Este trámite toma tiempo, así que conviene empezar con al menos dos meses de anticipación.
Un alivio práctico: si el poder especial entregado en años anteriores sigue vigente, no hay que volver a otorgarlo; solo se renueva si su plazo venció.
Cuando la sociedad extranjera está registrada en una bolsa de valores internacional o actúa como fondo de inversión, existe una vía alternativa: en lugar de la lista completa de socios, puede presentar una declaración juramentada (o certificación de la autoridad competente de su país) que acredite ese registro y que todo su capital está representado por acciones o títulos nominativos.
Por eso conviene revisar primero qué tipo de accionista extranjero tiene tu empresa, porque los documentos exigidos cambian según el caso.
El representante legal de la compañía ecuatoriana debe declarar electrónicamente, bajo juramento, que la información presentada está respaldada por los documentos entregados por los accionistas extranjeros.
Además, la compañía debe conservar esos documentos en sus archivos, a disposición de la Superintendencia ante cualquier requerimiento o revisión.
Si el poder especial sigue vigente, la sociedad extranjera mantiene su existencia legal y la cadena accionaria no varió, la obligación se puede cumplir con una declaración juramentada del representante legal en el portal de la SCVS, sin volver a presentar todos los documentos.
Aun así, el representante legal sigue obligado a mantener la información actualizada y respaldada bajo su custodia.
El incumplimiento tiene consecuencias que escalan:
Como ves, no es un trámite menor: afecta directamente la toma de decisiones y el reparto de utilidades de la empresa.
De forma práctica:
Cumplir a tiempo con esta obligación societaria protege el voto y los dividendos de tus accionistas y evita problemas con la Superintendencia. Si tu compañía tiene accionistas extranjeros, un equipo contable con tecnología detrás te ayuda a tener toda la información organizada, respaldada y presentada dentro del plazo.
¿Tu empresa tiene socios extranjeros y se acerca el plazo? En ContApp organizamos y presentamos tu reporte ante la Superintendencia a tiempo, con toda la documentación en regla. Escríbenos por WhatsApp y lo resolvemos antes de febrero.
Cumplir con las obligaciones societarias 2026 permite que tu empresa opere con mayor seguridad y evite problemas futuros con la Superintendencia de Compañías. Si tu compañía tiene accionistas extranjeros, contar con el apoyo de contadores y una correcta asesoría tributaria puede ayudarte a mantener toda la información organizada, respaldada y presentada a tiempo.


Daniel Andrade
Coordinador de estrategias de Marketing, creador de contenido multimedia, gestor de redes sociales.
Con experiencia en creación y redactor de contenido multimedia para distintos canales y gestor de contenido en redes sociales.

El certificado de existencia legal de la sociedad extranjera, la lista completa de sus socios o accionistas, y el poder especial a favor de un residente en Ecuador. Los documentos del exterior deben estar apostillados o legalizados y traducidos al castellano.
El accionista extranjero puede ser reportado como remiso, perder su derecho a voto en la junta que aprueba balances, no recibir dividendos y, si el incumplimiento dura dos años consecutivos, ser excluido de la compañía.
No necesariamente. Si el poder especial sigue vigente, la sociedad extranjera mantiene su existencia legal y la cadena accionaria no cambió, basta una declaración juramentada del representante legal en el portal de la SCVS.
