¿Qué régimen tributario es mejor para mi RUC?

Guía práctica para entender qué régimen tributario aplica a tu RUC en Ecuador: Negocio Popular, Emprendedor o Régimen General.

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Régimen tributario RUC

Abrir el RUC es un paso clave para formalizar tu negocio. Sin embargo, una de las dudas más comunes es: ¿qué régimen tributario me conviene? La respuesta no es tan sencilla, ya que el SRI es quien te asigna la categoría según tus ingresos y tu actividad económica. Por eso, antes de comenzar es importante entender cómo funciona este sistema y qué implica cada régimen.

¿Cómo funcionan los regímenes tributarios?

El régimen tributario no lo eliges tú directamente. El SRI te clasifica con base en la información que declaras al abrir el RUC y, más adelante, puedes “subir” de régimen de forma automática si tu facturación crece. Es decir:

  • Puedes pasar de Negocio Popular a Emprendedor, y luego al Régimen General.
  • Pero no puedes bajar de régimen por voluntad propia.

De ahí la importancia de conocer bien tus proyecciones y tu actividad antes de iniciar.

Regímenes para el RUC

Existen tres niveles principales que debes conocer:

1. RIMPE – Negocio Popular

Ideal si tus ingresos anuales son hasta USD 20.000.

  • Sencillo y pensado para pequeños negocios.
  • Puedes emitir notas de venta o facturas electrónicas.
  • No presentas declaraciones mensuales de IVA porque este impuesto ya está incluido en la cuota única anual.

2. RIMPE – Emprendedor

Aplica para ingresos entre USD 20.000 y USD 300.000 al año.

  • Mantiene un esquema simplificado, pero con mayor formalidad que el Negocio Popular.
  • Permite un manejo más detallado de ingresos y gastos, y se adapta a negocios en crecimiento.

3. Régimen General

Obligatorio si facturas más de USD 300.000 o si tu actividad está excluida del RIMPE.

  • Es el régimen más completo y exigente.
  • Te permite usar el crédito tributario del IVA en tus compras.
  • Requiere llevar una contabilidad más detallada.

¿Qué actividades no pueden estar en RIMPE?

No todos los negocios pueden entrar en el esquema simplificado. Quedan fuera:

  • Construcción y urbanización.
  • Servicios profesionales como médicos, contadores, abogados y comisionistas.
  • Transporte (excepto taxis).
  • Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles.
  • Sectores financieros, seguros, minería e hidrocarburos.
  • Negocios con ingresos superiores a USD 300.000 el año anterior.
  • Actividades con impuesto ICE o registradas como artesanos.

En estos casos, se debe tributar directamente bajo el Régimen General.

¿Qué considerar antes de abrir un RUC?

Antes de registrar tu RUC, responde estas preguntas:

  1. ¿Cuánto estimo vender este año (bajo, intermedio o alto vs. topes vigentes)?
  2. ¿Mi actividad realiza compras con IVA de forma significativa?
    ¿Prefiero simplicidad (RIMPE) o precisión y crédito tributario (General)?
  3. ¿Mis clientes me exigirán manejar retenciones e IVA al detalle?
  4. ¿Existe la posibilidad de superar el tope de mi régimen en pocos meses?

La elección del régimen tributario es un punto de partida estratégico. Aunque el SRI es quien define tu categoría, tú puedes anticiparte con un buen análisis de ingresos y de tu tipo de actividad. Una decisión informada hoy evitará problemas y pagos innecesarios mañana.

Si quieres asegurarte de que tu RUC esté bien configurado y no tengas sorpresas, lo mejor es contar con el apoyo de un contador que te guíe desde el inicio. Y recuerda que siempre puedes acceder a una asesoría tributaria para validar tu situación actual.

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Daniel Andrade

Coordinador de estrategias de Marketing, creador de contenido multimedia, gestor de redes sociales.

Con experiencia en creación y redactor de contenido multimedia para distintos canales y gestor de contenido en redes sociales.

Preguntas Frecuentes

El régimen tributario que te corresponde en el RUC depende principalmente de tus ingresos y de tu actividad económica: si proyectas hasta USD 20.000 al año aplicará el RIMPE Negocio Popular, entre USD 20.000 y 300.000 el RIMPE Emprendedor, y si superas los USD 300.000 o realizas actividades excluidas, deberás tributar bajo el Régimen General; recuerda que la categorización no la eliges tú, sino que la asigna el SRI al momento de abrir tu RUC según tu situación.

Los tipos de RUC se diferencian por el régimen tributario en el que el SRI te ubica: RIMPE Negocio Popular para ingresos de hasta USD 20.000, RIMPE Emprendedor para ingresos entre USD 20.000 y USD 300.000, y Régimen General para quienes superan los USD 300.000 o realizan actividades excluidas del RIMPE.

Tu categoría de RUC la define el SRI según tus ingresos y actividad: hasta USD 20.000 eres RIMPE Negocio Popular, entre USD 20.000 y 300.000 RIMPE Emprendedor, y si superas los USD 300.000 o tu actividad está excluida, entras al Régimen General.

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